Defensa Legal en delito de Violencia de Género
El delito de Violencia de Género contemplado en nuestra legislación implica la adopción de una serie de medidas civiles y penales, tanto a la presunta víctima, como al denunciado.
¿Qué es el delito de Violencia de Género?
El delito de Violencia de Género (más conocido como violencia machista) se encuentra recogido dentro de los delitos contra la integridad personal, incluyéndose toda aquella violencia que los hombres ejercen sobre la mujer, siempre y cuando éstos hayan constituido su pareja, cónyuge o estado ligados por relaciones similares de afectividad sin convivencia.
Reseñar que los términos violencia de género y violencia doméstica son diferentes. El primero sólo contempla la violencia ejercida por hombres respecto de mujeres, mientras que el segundo engloba tanto a hombres como mujeres que han ejercido algún tipo de violencia, en el ámbito familiar.
Procedimiento legal en casos de Violencia de Género
La forma principal de iniciar un procedimiento por violencia de género es con la interposición de una denuncia, ya sea en la comisaría de Policía Nacional o directamente en el Juzgado.
En la denuncia, deberás explicar con detalle qué te sucede, si tienes miedo y aportar las fechas y hechos clave más relevantes. Como abogado de violencia de género, te recomendamos que recibas un asesoramiento jurídico previo a la presentación de la denuncia, para así valorar los hechos que podrían constituir de delito y qué medidas de protección sería conveniente solicitar.
Si lo deseas, puedes pedir en el momento de interponer la denuncia que tus datos personales, como la dirección de tu domicilio, no aparezcan en la misma. Tras la presentación de la denuncia, se iniciará un procedimiento penal. En los días posteriores a la denuncia, el Juzgado te citará para escuchar tu versión -normalmente al día siguiente o los dos días posteriores- y después se citará a la persona denunciada. Si no localizan al denunciado, y no acude a la citación, se emitirá una orden de busca y captura.
Tras la toma de declaración inicial de ambas partes, en los días siguientes, se convocará el Juicio rápido, donde el juez decidirá si el detenido queda en libertad o no.
Solicitud de medidas de protección en denuncia de Violencia de Género
Informarte de que con la denuncia, puedes solicitar una orden de protección y seguridad frente a tu agresor, si lo consideras necesario. Estas medidas puedes solicitarlas tú misma, tus familiares o el Ministerio Fiscal.
Deberás rellenar un formulario en el que expliques nuevamente los hechos denunciados e indiques por qué tienes miedo a sufrir represalias y agresiones futuras. Los funcionarios de la comisaría de Policía Nacional y del Juzgado te orientarán sobre cómo hacerlo.
En la orden de protección del delito de Violencia de Género podrán solicitarse medidas civiles y penales: Las medidas civiles consisten en aquellas que tienen relación con tus hijos, como la guarda y custodia, el régimen de visitas o la pensión de alimentos; Por el contrario, las medidas penales incluyen la solicitud de alejamiento y la prohibición de comunicación.
¿En qué consiste el juicio rápido?
Aunque recibe ese nombre, no es un juicio como tal.
En primer lugar, te tomarán declaración, en una sala o despacho del juzgado, acompañada por tu abogado, el juez y el Ministerio Fiscal. Si además, has sufrido algún tipo de agresión física, serás reconocida por un médico forense. Finalizado este trámite, deberás esperar.
Después y sin coincidir con el presunto agresor, se tomará su declaración para escuchar su versión de los hechos. Una vez oídas ambas partes, en el procedimiento puede tener distintos desenlaces:
- Que se archive el proceso: cuando el juez considera que no hay indicios suficientes de comisión de delito o cuando tras haber presentado la denuncia, decidas no declarar en el juicio y no existan más pruebas que tu declaración.
- Que se llegue a un acuerdo: con la consiguiente sentencia de conformidad.
- Que se transforme en un procedimiento por delito leve: cuando los hechos ocurridos son muy leves (por ejemplo, insultos o vejaciones leves), se celebra un juicio, y en caso de condena, la pena puede ser una multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
- Que se transforme en un procedimiento abreviado o penal.
Preguntas frecuentes sobre el delito de Violencia de Género
¿Puedo denunciar sin pruebas físicas?
Debes saber que el delito de violencia de género no sólo consiste en sufrir lesiones por parte del presunto agresor.
Estaremos hablando de violencia de género también cuando la víctima sufre violencia psicológica (comportamientos que afectan a la salud mental y emocional), económica (control y manipulación de los recursos financieros, limitando su autonomía), social (aislamiento de la víctima de su entorno) y sexual (cualquier modalidad de agresión sexual sin que medie el consentimiento).
Por tanto, la oportunidad de denunciar sin pruebas físicas existe. Tu declaración puede considerarse plenamente verídica si tiene argumentos sólidos y fiables. Ahora bien, siempre es recomendable acompañar la declaración con carga probatoria (informes médicos, psicológicos, conversaciones, fotografías, audios…).
¿Qué ocurre si no localizan al denunciado?
Independientemente de que localicen o no al denunciado por violencia de género, si al presentar la denuncia solicitas medidas de protección –como una orden de alejamiento o la prohibición de comunicación-, estas podrán serte otorgadas tras la valoración del Ministerio Fiscal y el juez.
Una vez que el denunciado sea localizado, continuará el procedimiento para determinar si ha concurrido o no delito.
¿Puedo pedir la custodia exclusiva por violencia de género?
En los procedimientos iniciados por violencia de género, el progenitor paterno estará alejado del menor durante un plazo aproximado de 30 días, hasta que se establezcan una serie de medidas definitivas respecto a la guarda y custodia del menor.
Si además, te encuentras inmerso en un procedimiento de divorcio y separación, quedará suspendido temporalmente hasta que finalice el procedimiento de violencia de género.
Según lo que determine la sentencia -si se confirma o no la existencia de violencia de género-, podrás retomar el procedimiento de familia que estuviera en curso o iniciarlo de cero, para tratar las medidas paternofiliales de tu hijo.