¿Cuándo puede solicitarse un permiso retribuido por fallecimiento de familiar según la ley?
Actualmente y en base al Artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, se contempla un permiso de dos días por fallecimiento, ampliables a cuatro, cuando este se produce en una comunidad autónoma diferente de donde reside el trabajador e implique desplazamiento. Además de aquellos existentes tras contraer matrimonio (15 días), hospitalización o enfermedad grave de familiar hasta segundo grado (5 días), como hermanos, abuelos y nietos.
Novedades sobre la ampliación de permisos retribuidos
La semana pasada, la Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anunciaba la propuesta de ampliación del permiso retribuido a diez (10) días, para todos aquellos trabajadores que experimenten el fallecimiento de su cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta el segundo grado por consanguineidad/afinidad, además de la creación de un nuevo permiso para atender a familiares que se encuentren en una situación de cuidados paliativos.
Esta noticia ha causado bastante expectación. La propuesta de ampliación del permiso, ha sido bien recibida aunque con una ligera controversia respecto de la duración. Los agentes sociales podrían estar abiertos a negociar por un periodo intermedio entre los 2 días que se conceden actualmente y los 10 propuestos por la Ministra.
¿Podría solicitarse un permiso retribuido por fallecimiento de mascota?
Actualmente no hay una regulación, ni normativa al respecto que contemple un permiso por fallecimiento o cuidado de mascotas. Ahora bien, si las empresas, voluntariamente, lo contemplan en su política organizativa, los trabajadores que experimenten esta situación, podrán beneficiarse del mismo y atravesar el duelo o acompañamiento de su mascota, con menos ansiedad, estrés y centrándose en el bienestar del animal.
Ejemplos recientes de la aplicación del permiso retribuido en empresas
Hace unos meses, saltó la noticia sobre una empresa, dedicada a la alimentación de mascotas, que había otorgado un permiso retribuido de tres días, a un trabajador, por el fallecimiento de su mascota. Los medios de comunicación comentaron estupefactos dicha decisión, llegando incluso a tildarla de locura.
En sus comunicados, la empresa alega que una de las razones para implantar esta medida fue invitar a otras compañías a reflexionar y sumarse a la iniciativa, así como impulsar un cambio legislativo al respecto.
Tras un análisis del mercado laboral, no se conocen más casos donde se hayan implantado permisos retribuidos similares.
Opinión: un reconocimiento al vínculo emocional con las mascotas
Quizás muchos os horroricéis con la comparativa, pero considero necesario sacar este tema a debate. Es cierto que un caso se refiere a personas y el otro a animales; no pretendo humanizar ni personificar la relación con estos últimos, sino poner en valor el vínculo especial que se forja entre ambos.
Cuando una mascota requiere de cuidados especiales por estar sometido a un tratamiento invasivo, haberle realizado una intervención quirúrgica o encontrarse en sus últimos días de vida, su dueño también ve afectado su día a día y su estabilidad emocional.
¿Quién tiene potestad para delimitar qué duelo es más válido? ¿Existe acaso un barómetro para decidir que un duelo merece comprensión y otro no?
Recordemos que, tal y como sostiene nuestro Tribunal Supremo, los animales son seres sintientes y forman parte de la unidad familiar. Del mismo modo, este vínculo ya es reconocido en otras situaciones de crisis familiares.
Nuestro Servicio de Abogacía: custodia compartida de mascotas
Así lo abordamos en otras entradas de nuestro blog sobre la custodia compartida de mascotas, y en especial, dentro de nuestro Servicio de Abogacía – Custodia de Mascotas.
Por cierto, ¿os habéis fijado en que las aplicaciones de galería de los smartphones ya agrupan a las personas y los animales en la misma categoría durante el reconocimiento visual? ¿Será este un paso hacia ese pequeño reconocimiento?