SUSTRACCIÓN DE MENORES

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¿Sabes que cada vez es más frecuente, la sustracción de menores en nuestro país?

¿Eres consciente de que constituye un delito?

¿Cuándo hablamos de sustracción de menores?

– Cuando trasladas al menor de su lugar de residencia SIN consentimiento del progenitor custodio.

Si el progenitor NO custodio, traslada la residencia del menor SIN el consentimiento del progenitor que convive habitualmente con él, incurre en un delito.

Esto NO quiere decir que el progenitor custodio, pueda decidir unilateralmente sobre el cambio de residencia del menor, sino que dicha decisión deberá tomarse conjuntamente, por ambos progenitores.

– Retener a un menor por más tiempo del establecido por resolución judicial.

Cuando el progenitor NO custodio, retiene al menor más tiempo del estipulado en el régimen de visitas o directamente, cuando NO lo reintegra al domicilio del progenitor custodio.

Sustracción internacional de menores

Este puede darse en dos supuestos, bien por desplazamiento o por retención.

Hablamos de desplazamiento, cuando se traslada al menor SIN autorización a un país distinto del que reside normalmente el menor.

Estamos ante una retención, cuando, el progenitor custodio se traslada a vivir a oro país, impidiendo que el progenitor NO custodio pueda ejercitar su derecho de visitas.

Penas en sustracción de menores

¿A qué penas nos podemos enfrentar si incurrimos en alguna de las situaciones descritas anteriormente?

A penas de prisión de 2 años hasta 4, y la consiguiente inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad durante un período de 4 hasta incluso 10 años, puesto que se trata de un delito tipificado en el art. 225 bis del CP.

¿Qué medidas, como abogada de familia, os recomendaría?

En función de la urgencia y gravedad de la situación, adoptar unas medidas provisionalísimas o provisionales, junto a la demanda, o antes de interponer la misma, como puede ser:

– solicitar una prohibición de salida de España, salvo autorización judicial.

– solicitar una prohibición de expedición del pasaporte al menor de edad o requisarle el mismo.

– Someter la decisión de cambio de domicilio a la supervisión judicial.

En todo caso, recuerda acudir siempre a un abogado especializado en Derecho de familia.

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