Abogado Penalista Urgente en Madrid: Asistencia al detenido

Ser detenido es una de las situaciones más difíciles que una persona puede experimentar. Desde el primer minuto en que se procede a una detención, cada actuación y manifestación tiene sus consecuencias. Por ello, te asesoramos y acompañamos íntegramente desde la primera asistencia al detenido y en cada etapa del proceso judicial, velando por tu integridad, defensa e intereses.

Además, como abogado penalista urgente, estamos disponibles las 24 horas del día, ofreciendo una respuesta rápida y eficaz para evitar posibles complicaciones en tu caso.

CONTÁCTANOS PARA PODER ASISTIR TU CASO

¿Qué hacer tras una detención?

Tras ser detenido, ya sea algo esperado o inesperado, es normal que la situación supere tus limites y que experimentes un alto nivel de tensión ante lo desconocido. Por ello, mantener la calma, contactar con un familiar cuando sea posible y solicitar la asistencia de un abogado, son pasos esenciales durante la detención.

Te recomendamos seguir estos pasos y compartirlos si estás ayudando a alguien que ha sido detenido:

  • Mantén la calma, presta atención a todo lo que sucede y lo que indican los agentes.
  • No declares sin haberte entrevistado antes con tu abogado, tienes derecho a no declarar.
  • Solicita de inmediato un abogado particular y si no, que te designen uno del turno de oficio.
  • Contacta con algún familiar o conocido, comentándole brevemente dónde te encuentras y qué delito se te imputa.
  • No firmes ningún documento sin conocer su trascendencia.
CONTAMOS CON EXPERIENCIA EN LA ASISTENCIA DE DELITOS LEVES, GRAVES Y DELITOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

La importancia del abogado en la detención

Acudir de manera urgente a un abogado penalista tras una detención es fundamental. Si has sido detenido por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, te informarán en un primer momento sobre cuáles son los motivos de la detención, acto seguido te leerán tus derechos y facilitarán unos impresos donde se detallan y especifican los mismos (tal y como estipula el art. 520 LECrim). 

Realizados los primeros pasos, serás trasladado a las dependencias policiales más cercanas al lugar de la detención, donde te tomarán las huellas dactilares y realizarán el resto de diligencias identificativas. En comisaría, los funcionarios comenzarán con la elaboración del Atestado Policial, que junto con tu declaración —o tu decisión de no declarar— en presencia de tu abogado, se enviará al Juzgado para la posterior celebración del juicio rápido.

En un plazo máximo de 72 horas deberá realizarse la puesta a disposición judicial, indicada anteriormente. En ella, el Juez examinará el atestado policial junto al resto de diligencias de investigación y decidirá si procede la puesta en libertad o por el contrario, acuerda prisión provisional hasta la celebración de juicio.

Nuestro Servicio de Abogado Penalista Urgente en Madrid

Atención inmediata

24 horas/365 días. Contáctenos vía teléfono para una respuesta más rápida.

Asistencia al detenido

Desplazamiento a comisarías y juzgados de Madrid y asistencia jurídica en la celebración del juicio rápido.

Valoración del caso y defensa

Contamos con una amplia experiencia en Delitos leves, graves, Delitos de Violencia de Género y contra la seguridad vial. Te asesoramos para encontrar la mejor estrategia de defensa.

¿NECESITAS MÁS INFORMACIÓN? CUENTA CON NOSOTROS

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto tiempo puedo estar detenido sin ser juzgado?

Cuando una persona se encuentra detenida en las dependencias policiales, debe ser puesto a disposición judicial en un plazo máximo de 72 horas. Nunca podrá excederse del mismo.

¿Puedo hablar con mi familia tras la detención?

Efectivamente. Tras tu detención tienes derecho a realizar una llamada a tu círculo más cercano (familiares y amigos) para indicarles tu situación y para que puedan contactar con tu abogado, en caso de que desees contar con uno particular.

¿Qué pasa si no tengo abogado?

El Estado, como garante del derecho a la tutela judicial efectiva, te asignará un abogado del turno de oficio. Si posteriormente solicitas y eres beneficiario de la asistencia jurídica gratuita, no tendrás que hacer frente al abono económico de sus honorarios.